miércoles, 29 de junio de 2011

JOHN HOPKINS CAMBIÓ SU VISIÓN SOBRE EL CÁNCER

DESPUÉS DE MUCHOS AÑOS DE DECIRLE A LA GENTE QUE LA QUIMIOTERAPIA ES LA ÚNICA MANERA DE TRATAR (tratar literalmente) Y ELIMINAR EL CÁNCER, EL HOSPITAL JOHN HOPKINS ESTA FINALMENTE EMPEZANDO A DECIR A LA GENTE QUE HAY ALTERNATIVAS:


1. Toda persona tiene células cancerígenas en el cuerpo. Estas células no se ven en los chequeos regulares hasta que se han multiplicado a unos pocos billones. Cuando los doctores le dicen a los pacientes de cáncer que no hay más células cancerígenas después del tratamiento, solo significa que los chequeos no las detectan porque ellas no han llegado a un tamaño detectable.

2. Las células de cáncer ocurren 6 de 10 veces en la vida de las personas

3. Cuando el sistema inmunológico de una persona es fuerte, las células cancerígenas serán destruidas y se prevendrá la multiplicación y formación de tumores.

4. Cuando una persona tiene cáncer, esto indica que esa persona tiene muchas deficiencias de nutrición. Esto puede ocurrir por diferentes motivos como genéticas, de medio ambiente, alimenticios y por modo de vida.

5. Para resolver esas muchas deficiencias de nutrición, el cambiar de dieta e incluir suplementos es imprescindible para reforzar el sistema inmunológico.

6. La quimioterapia en realidad envenena las células de cáncer pero también destruye las células sanas de la medula espinal como así también del intestino y eso produce daño en los órganos como el hígado, riñones, corazón y pulmones.

7. La radiación cuando destruye las células cancerígenas también quema y daña a las células sanas, y los órganos así como también los tejidos.

8. El tratamiento inicial de quimioterapia y radiación muchas veces reduce el tamaño de los tumores. Pero prolongado uso de la quimioterapia y la radiación no tiene como resultado la destrucción total de los tumores.

9. Cuando el cuerpo tiene muchas toxinas debido a la quimioterapia y la radiación el sistema inmunológico esta comprometido o destruido, por eso las personas pueden sufrir varios tipos de infecciones y complicaciones.

10. Quimioterapia y la radiación puede causar la mutación de las células cancerígenas, que se resistan y se haga difícil su destrucción total. La cirugía puede también provocar la invasión de las células a otros órganos.

11. Una manera efectiva de combatir 'el cáncer' es no darle de comer a las células cancerígenas con aquellos alimentos que necesita para multiplicarse.

LAS CÉLULAS DE CÁNCER SE ALIMENTAN DE...:

a
. AZÚCAR es un alimento del cáncer. No consumiendo azúcar se corta uno de los más importantes elementos de las células cancerígenas. Existen sustitutos del azúcar como sacarina pero esos están hechos con Aspartamo y es muy nocivo. Un mejor sustituto del azúcar es miel de manuka o melaza pero en pequeñas cantidades. La SAL tiene un químico que se le agrega para que se vea blanca. Una mejor alternativa para la sal es la sal de mar o sales vegetales.

b
. LECHE causa al cuerpo la producción de mucus, especialmente en el conducto intestinal. Las células cancerígenas se alimentan de mucus, eliminando la leche y sustituyendo por leche de soya, las células de cáncer no tienen que comer por consiguiente se mueren

c
. Las células de cáncer maduran en un medio ambiente ácido. Una dieta basada en CARNE ROJA es ácida, es mejor comer pescado, y un poco de pollo, en lugar de carne vacuna o cerdo. La carne además tiene antibióticos, hormonas y parásitos, que son muy nocivos, especialmente para las personas con cáncer. La proteína de la carne es muy difícil de digerir y requiere muchas enzimas. La carne que no se digiere queda en los intestinos y se putrifica y lleva a la creación de mas toxinas.

COMO CONTRIBUIR A LA SOLUCIÓN DEL PROBLEMA

a)
 Una dieta de 80 % de vegetales frescos y jugos, granos, semillas, nueces, almendras y solo un poco de frutas ponen al cuerpo en un ambiente alcalino. Solo un 20% se debe consumir en comidas cocidas, incluidos los porotos. Jugo de vegetales frescos proporcionan al cuerpo coenzimas que son fáciles de absorber y llegan a las células después de 15 minutos de haber sido consumidos para nutrir y ayudar a formar células sanas. Para obtener enzimas vivas que ayudan a construir células sanas se debe tratar de tomar jugos vegetales (casi todos incluido alfalfa) y comer muchos vegetales frescos 2 o 3 veces al día.

b)
 Evitar tomar CAFÉ, TE Y CHOCOLATE, pues tienen mucha cafeína. El TE VERDE es una mejor alternativa y tiene propiedades que combaten al cáncer. EL AGUA es mejor tomarla purificada, o filtrada para evitar las toxinas y metales pesados del agua de la canilla. Agua destilada es ácida, no tomarla.

c)
 Las paredes de las células de cáncer están cubiertas por una proteína muy dura. Evitando de comer carne, estas paredes liberan más enzimas que atacan las proteínas de las células de cáncer y permite al sistema inmunológico destruir las células cancerígenas.

d)
 Algunos suplementos ayudan a reconstruir el sistema inmunológico ( Florescence, Essiac, anti-oxidantes, vitaminas, minerales, Efas (aceite de pescado) para ayudar a las células a luchar y destruir las células cancerígenas. Otros suplemento como la vitamina E son muy conocidas porque causan apoptosis, el método normal del cuerpo de eliminar las células innecesarias o defectuosas.

e)
 El Cáncer es también una enfermedad de la mente, el cuerpo y el espíritu. Una ACTITUD más activa y positiva ayudará a combatir al enfermo de cáncer a convertirse en un sobreviviente.
'La rabia y la incomprensión, el no perdonar pone al cuerpo en una situación de estrés y en un medio ambiente ácido.’ Aprender a tener un espíritu amable y amoroso con una actitud positiva es muy beneficioso para la salud. Aprender a relajarse y disfrutar de la vida.

 

f)
 Las células de cáncer no pueden vivir en un ambiente oxigenado. Ejercicio diario, y respiración profunda ayuda a recibir mas oxigeno hasta niveles celulares. Terapia de oxigeno es otro elemento que ayuda a destruir las células de cáncer.

1. No contenedores de plástico en el microondas

2. No botellas de agua en el freezer

3. No papel plástico en el microondas

g)
 Químicos como las dioxinas causan cáncer, especialmente de seno. Dioxina es muy destructiva especialmente para las células del cuerpo.

No ponga en el freezer sus botellas de agua de plástico ya que el plástico elimina dioxina y envenena el agua.

Recientemente, el doctor Edward Fujimoto, Wellnes Program Manager at Castle hospital, estuvo en un programa de televisión y explico el peligro de la dioxina.

El dijo que no tenemos que poner contenedores de plástico en el microondas. Especialmente las comidas que tienen grasas, El dijo que la combinación de grasa y calor fuerte con el plástico elimina dioxina dentro de la comida y por consiguiente luego a nuestro cuerpo. En su lugar se puede usar vidrio, como Pirex o cerámica para calentar la comida.

POR FAVOR DISTRIBUYA ESTE ARTICULO A CUANTA GENTE IMPORTANTE HAYA EN SU VIDA

miércoles, 22 de junio de 2011

RESPALDA ELIMINAR EL SECRETO BANCARIO

El director general de Impuestos Internos (DGII), Juan Hernández, dijo ayer que la propuesta actualmente en discusión en el Congreso de la República es un cambio de tasas en la legislación, no una reforma tributaria, porque las medidas todavía están sustentadas en más de un 70% en impuestos al consumo y no tocan ni a la renta ni al patrimonio.

Hernández lamentó que esta siga siendo una sociedad de “misterios”, por lo cual se mostró a favor de que se elimine el secreto bancario. Sostuvo que en el país el gran peso de la carga fiscal recae en el consumidor, a través del ITBIS (impuesto sobre la transferencia de bienes industrializados y servicios); el ISC (impuesto selectivo al consumo); y los combustibles.

Precisó que en el país solo ha habido dos grandes reformas: la de 1992, que instituyó el Código Tributario de República Dominicana y la de 2005, cuando se firmó el DRCafta, al pasar de una estructura orientada al comercio exterior a una estructura de imposición interna, con la reducción de aranceles.

Solo hay tres formas de recaudar impuestos: por la vía de los ingresos, por el consumo y por el patrimonio, pero este último no tiene una gran participación, dijo el funcionario en respuesta a una pregunta sobre el paquete tributario que se debate en el Congreso Nacional para recauda cerca de RS$10,000 millones para conjurar el déficit en el presupuesto de este año y cumplir con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

“El camino va a ser quitar el velo bancario. El secreto bancario impide que la administración pueda ejercer su función con eficacia, porque el problema de la evasión es que no se conoce, la información está en los bancos y no se tiene acceso a esa información”, afirmó el director general de la DGII, luego de presentar el portal de transparencia de la institución como parte del plan de rendición de cuentas sobre el manejo de fondos públicos, ayer en un acto en la sede de la avenida México.

Hernández precisó que el ISR sólo representa algo más de un 20%, no obstante dijo que DGII no traza la política tributaria, sino el Ministerio de Hacienda y que por desconocimiento las personas hablan de reforma cuando de lo que debe hablarse es de un cambio en la estructura de la legislación tributaria.

La renta
Afirmó que sería importante que la estructura tributaria del país se modifique, para que descanse en impuestos directos, fundamentalmente en el ISR, “pero esa es otra historia”. Con respecto al IVSS (impuesto a la vivienda suntuaria) el director general de la DGII señaló que no sabe porqué se eliminó porque hay 9 millones de dominicanos que no tienen “ni un rancho”. Reiteró que habrá que ir al impuesto al patrimonio y a la renta.

Información
El Director de Impuestos Internos recalcó que hay naciones que se consideran paraísos fiscales, pero ese no es el caso del país, al tiempo de señalar que en una ocasión la entidad solicitó una información sobre un contribuyente del sistema financiero y les llegó primero desde Estados Unidos, donde también la habían pedido, mediante el intercambio de informaciones.
Sostuvo que todavía hay muchas cosas que se pueden corregir y que aumentan la evasión tributaria. Asimismo, explicó que mientras se afirma que los proyectos en discusión son parches, no se toma en cuenta que “muchas veces promovemos esos parches”.

Fuente: http://www.listindiario.com.do/economia-and-negocios/2011/6/21/193028/Director-de-DGII-favorece-levantar-secreto-bancario

jueves, 6 de enero de 2011

Empezando el 2011 con buen pie!

 Olvidando lo que hemos dejado atras ha iniciado otro año más, tiempo propicio para empreder un nuevo camino que nos lleve hacia el éxito y para ello se requiere preparación y disposición, aunque hay riesgos y sacrificios a lo largo del camino.

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martes, 21 de diciembre de 2010

LF promulga ley prorroga entrada vigencia Ley Sociedades Comerciales

El presidente Leonel Fernández con el número 287-10, promulgó este viernes la ley de prórroga de la entrada en vigencia de la Ley de Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada.
En lo adelante, el artículo  515 de la referida ley establecerá que las sociedades constituidas con anterioridad a la promulgación de esta pieza y que hayan realizado ofertas públicas de valores, primarias, secundarias o negociado instrumentos financieros a través de la Bolsa de Valores de la República Dominicana, deberán realizar su adecuación societaria, contable y operativa de conformidad con los requerimientos constituidos en la presente ley para las sociedades anónimas de suscripción pública dentro de los 26 meses siguientes a su publicación.

Indica que también se modifica la parte capital del artículo 521 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada número 479-08 del 11 de diciembre de 2008, la cual introduce cambios en pieza 73-10 del nueve de junio del presente año.

Según la modificación del artículo 521 las sociedades anónimas de suscripción privada constituidas con anterioridad a la indicada ley, y que deseen continuar con ese estatus, deberán someterse al procedimiento de adecuación societaria, contable y operativa dentro de los 26 meses siguientes a su publicación.

En ese sentido, destaca que a tales fines, estas sociedades tendrán que convocar una asamblea general extraordinaria, con el propósito de cambiar sus estatutos sociales.

Los cambios introducidos a la ley 479-08 abarcan el artículo 523, en su párrafo uno, en el que queda establecido que los registradores mercantiles no recibirán, para fines de matriculación, renovación o inscripción, ninguna documentación societaria correspondiente a aquellas sociedades constituidas con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, que en el plazo de 26 meses no hayan realizado su proceso de adecuación o transformación amparados bajo la presente ley.

“Una vez concluido el procedimiento de adecuación, transformación o la expiración del plazo indicado en los artículos 515 y 521, las sociedades quedarán sujetas a las disposiciones de la presente ley”, dice el modificado artículo.

Fuente: http://www.z101digital.com/

martes, 30 de noviembre de 2010

Impuestos Internos cancela comprobantes fiscales a más de 20 mil empresas que no han reportado operaciones desde 2007

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII)  dispuso la cancelación de los Números de Comprobantes Fiscales (NCF) a más de veinte mil  empresas de República Dominicana creadas entre el primero de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2009 que se han mantenido sin operaciones.

La medida establece, además, que los comprobantes fiscales emitidos por las empresas citadas (sin operaciones registradas) no pueden ser utilizados por otros contribuyentes como sustento de adelantos en el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) o de costos y gastos para el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Las empresas han sido notificadas mediante un aviso público en la prensa nacional en donde se les indica que, al momento de iniciar sus operaciones, deberán solicitar por escrito a la DGII las autorizaciones correspondientes para la emisión de Números de Comprobantes Fiscales válidos.

Impuestos Internos pone a disposición de la ciudadanía la lista de las empresas inactivas con sus nombres, sus RNC, sus accionistas y sus actividades comerciales. Todas estas informaciones pueden consultarse en línea en el portal de Internet http://www.dgii.gov.do/, visitando la pestaña “Servicios Web”, luego la opción “Consultas” y finalmente “Contribuyentes sin Operaciones”.

Para verificar si un número de comprobante fiscal ha sido emitido por una de estas empresas o la validez de cualquier NCF, la DGII también dispone de la herramienta en línea “Consultas NCF” en su página de Internet ubicada igualmente en  la sección “Servicios Web” opción “Consultas”.

La DGII reiteró a las empresas afectadas por la medida que cuando decidan iniciar operaciones en el mercado local deberán solicitar por escrito a la Administración Tributaria las autorizaciones correspondientes para la emisión de Números de Comprobantes Fiscales válidos.

Tomado de la página web http://www.dgii.gov.do/

viernes, 26 de noviembre de 2010

Impuestos Internos clausura 303 bancas de loterías y deportivas en el primer día de cierre por incumplimiento de la Norma 07-10

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) cerró este jueves 303 bancas de lotería y deportivas en el Distrito Nacional, la provincia de Santo Domingo, Santiago y otros pueblos del interior, en el primer día del operativo contra este tipo de establecimientos que no han cumplido con la Norma General 07-2010 sobre las retenciones a los premios pagados establecidas en el Código Tributario de la República Dominicana.

Equipos de abogados, técnicos y militares al servicio de Impuestos Internos procedieron ayer a ejecutar los cierres de las estafetas de loterías y bancas deportivas, incautando servidores, computadoras, modem, router, swiths y otros equipos utilizados para operar este tipo de negocios. En cada lugar visitado, se levanta el acta de cierre y se coloca el afiche que indican que el local está clausurado por la entidad oficial.

Un total de 303 establecimientos fueron clausurados ayer, mientras que propietarios de decenas de bancas, tanto de loterías como deportivas, decidieron pagar a la DGII el importe correspondiente a las retenciones de los premios pagados durante el mes de octubre pasado.
En Santiago fue cerrado un consorcio con cerca de 300 establecimientos y al cierre se procedía al cierre de otro con más de 500 por lo que los cierres pueden llegar a más de 800 en el primer día del operativo.
Los operativos de cierre se ejecutaron en la Capital, la provincia de Santo Domingo, San Pedro y Santiago de los Caballeros y hoy continuarán en estas y otras ciudades de todo el país.
El consorcio de bancas Miguel Sport comenzó a ser cerrado en la mañana, tanto en la capital como en Santiago, pero se detuvo el proceso debido a que su propietario decidió pagar el importe de las retenciones de los premios pagados durante el mes de octubre. Las bancas que habían sido clausurada fueron reabierta y los equipos incautados devueltos a su propietario.

Al hablar de la decisión de Impuestos internos de cerrar unas ocho mil bancas de loterías y deportivas que no han acatado la Norma General 07-2010, Germania Montás Yapur, Directora General en funciones de la DGII, expresó que este tipo de decisiones que adoptadas por la  Administración Tributaria son ejecutorias de pleno derecho.  Agregó que este carácter deriva no sólo del Principio de Legalidad que ampara todo acto administrativo, que se presume legal, lícito, vigente, hasta prueba en contrario, sino del texto mismo del Código Tributario, que expresamente consagra esta ejecutoriedad.

Las bancas cerradas solo podrán ser abiertas cuando sus propietarios o responsables cumplan con las obligaciones tributarias que dieron origen a la clausura.
•         La Norma General 07-2010
Se recuerda que a final de septiembre pasado la Dirección General de Impuestos Internos dispuso, mediante la Norma General 07-2010 que a partir del primero de octubre de este año los responsables o dueños de licencias o administradores de los casinos de juegos, bancas de lotería y de apuestas deportivas quedarán constituidos como Agentes de Retención del Impuesto Sobre la Renta para fines del cobro del 15% aplicable a los premios pagados establecidos en el Código Tributario.

El Artículo 309 del párrafo I del Código Tributario establece una retención de un quince por ciento (15%) sobre premios o ganancias obtenidas en loterías, fracatanes, lotos, loto quizz, premios electrónicos provenientes de juegos de azar y cualquier otro premio ofrecido a través de campañas promocionales o publicitarias, con carácter de pago definitivo. La Norma General de retención sobre premios en los Casinos de juegos, Bancas de lotería y de apuestas deportivas" crea el mecanismo legal para la aplicación de las disposiciones del Código Tributario en la materia.

De acuerdo al mecanismo establecido por Impuestos Internos los casinos de juegos pagarán  por concepto de retenciones sobre premios pagados un monto de veinticinco mil pesos (RD$25,000.00) mensuales, mientras que las bancas de lotería o de apuestas deportivas deben pagar por concepto de la misma retención tres mil pesos (RD$ 3,000.00) por mes, es decir, una relación de cien pesos diarios.

lunes, 15 de noviembre de 2010

DGII ordena a empresas retener el 75% del ITBIS

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ordenó a las empresas retener el 75% del valor total del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados de Bienes y Servicios (ITBIS) facturado cuando paguen a los proveedores informales y a remitirle las informaciones.

La medida está contenida en la norma 08-2010, la cual también manda a las empresas a que se conviertan en agentes de retención del ITBIS cuando compren bienes gravados con el impuesto y emitan Números de Comprobante Fiscal de proveedor informal para sustentar sus compras.

La norma 08-2010 tiene aplicación a partir del primero de diciembre próximo. Las informaciones que deberán ser remitidas a Impuestos Internos son las retenciones efectuadas mediante la Norma General 01 de 2007.

Con la disposición, la DGII busca fortalecer los mecanismos de control en la  recaudación del ITBIS en las transacciones de venta de bienes gravados que realizan los proveedores informales. En tanto que en su artículo dos, la referida norma establece que los costos y gastos serán deducibles del Impuesto Sobre la Renta si se efectúan y pagan efectivamente las retenciones correspondientes.

Los comprobantes emitidos deberán cumplir con los requisitos establecidos en los reglamentos para la aplicación del ITBIS y de regulación de la Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales, para ser admitidos como crédito del ITBIS y/o gastos de Impuesto Sobre la Renta, dice la entidad.

Impuestos Internos dispuso, además, que las personas físicas a las cuales se les retuvo el ITBIS en la venta de bienes gravados, actuando como proveedores informales, cuando presenten las declaraciones juradas correspondientes podrán considerar como pago a cuenta en su declaración mensual del período en que se produjo la retención.

Para ello, agrega, deben anexar los documentos probatorios de la retención que pretende acreditarse, pues de lo contrario, dicho acto se convierte en un pago definitivo. Señala en bien de las personas físicas, que si al realizar la presentación de su declaración jurada de ITBIS según lo referido en este artículo, resulta con saldo a favor del contribuyente, éste podrá ser transferido según lo dispuesto en artículo 350 del Código Tributario sobre deducciones que exceden al impuesto bruto.  Sin embargo, la norma 08-2010 establece que, a partir de que la persona física actúe como declarante del ITBIS, no podrá ser tratado como proveedor informal y deberá emitir los comprobantes fiscales atendiendo a lo establecido en las disposiciones legales.

Ver norma 08-2010 en: https://www.dgii.gov.do/LEGISLACION/NORMASGENERALES/Paginas/DocumentosNormas.aspx