viernes, 31 de agosto de 2012

Tributo a dividendos de acciones

Cuando existía la Ley 5911 del Impuesto sobre la Renta las inversiones que se hacían a través de sociedades eran doblemente gravadas: por un lado se gravaban los beneficios que generaban las empresas por sus actividades y por otra parte se gravaban los dividendos que repartían las sociedades a sus accionistas.

Por tratarse de una doble tributación sobre una misma actividad y por ser lesivo a la inversión, los redactores de nuestro Código Tributario eliminaron el impuesto a los dividendos de acciones, ya fuesen distribuidos en efectivo o en acciones de la empresa pagadora.

Sin embargo, como la eliminación del impuesto a los dividendos representaba entonces una baja en las recaudaciones fiscales, los redactores del actual Código Tributario se inventaron un mecanismo de reciclaje que la vez de exonerar de impuestos los dividendos repartidos en efectivo, consignaba una retención por un monto igual al impuesto, pero que a la vez creaba un crédito fiscal contra el Fisco y a favor de la empresa, por el mismo monto retenido.

En otras palabras, se trata de un mecanismo de retención que sirve para ingresar impuestos al Fisco, pero que a la vez le otorga a la empresa pagadora el derecho de exigirle al Fisco que le devuelva o compense el valor retenido al accionista.

Como puede verse, en el fondo no existe ningún impuesto a los dividendos, sino un mecanismo sin sentido de avance de “cash flow” y de control sobre los dividendos pagados. Pero aún peor resulta el hecho de que esta retención sobre dividendos solo se aplica a las sociedades dominicanas, que son las que tienen accionistas, y no a las sucursales o establecimientos permanentes en el país de empresas extranjeras, que al no tener accionistas no puede exigírseles que retengan este impuesto, sino que solo pagan el impuesto sobre sociedades y los beneficios restantes se los llevan del país y los reparten en el extranjero.

Pero si lo anterior es una barbaridad, resulta más lastimoso escuchar algunas voces que pregonan por gravar con impuestos las distribuciones de dividendos de sociedades que ya pagaron impuestos por sus ganancias, lo que sin dudas se traduciría en lo siguiente: 1) Una doble tributación sobre una misma inversión; 2) Un desincentivo a las inversiones a través de sociedades, en beneficio de inversiones directas por parte de personas físicas o negocios de único dueño; y 3) Una discriminación contra las sociedades dominicanas, en beneficio de sucursales extranjeras.
Por estas razones entendemos que los impuestos a los dividendos de acciones no deben existir y que la retención actual debe ser eliminada, por obsoleta y discriminatoria.


Fuente:  http://www.listindiario.com.do/economia-y-negocios/2012/8/30/245540/Tributo-a-dividendos-de-acciones


Edgar Barnichta
Especial para LISTÍN DIARIO
Santo Domingo

Los costos de un trabajador cansado


Los japoneses son famosos por trabajar mucho, pero un estudio plantea que los empleados cansados le cuestan a la economía de ese país cerca de US$30.000 millones al año.

Los trabajadores que están sometidos a extensas jornadas laborales deben luchar para no quedarse dormidos, de acuerdo a una investigación realizada por la Escuela de Medicina de la Universidad de Nihon. El estudio estableció que el trabajo excesivo provoca retrasos, aumento en la cantidad de días de descanso y menor productividad.

Los investigadores manifestaron que era clave prestar atención a este problema.

"Cansados, no flojos"
No todos los que están cansados en el trabajo son flojos", dijo Makoto Uchiyama, director del departamento de neuropsiquiatría de la Universidad de Nihon.

"Es difícil decirle al jefe que estás soñoliento, pero ignorar el problema puede provocar pérdidas a largo plazo".
Los trabajadores japoneses tienen fama internacional por trabajar una excesiva cantidad de horas, en parte por la tradición cultural de no dejar el trabajo antes que los demás compañeros y también por la carga laboral que impone la empresa.

Por eso no es extraño ver trabajadores destruidos después de la jornada laboral en los trenes que los transportan diariamente a sus hogares.

Pero según Uchiyama, la misma situación se puede observar en distintos países.

"Se puede creer que es sólo un problema en Japón. Pero no, es un problema global", señaló.

El estudio incluyó a 3.075 trabajadores que desempeñan sus labores en una compañía del sector químico.

Fuente: http://www.imcp.org.mx/spip.php?article141